La Asamblea General es el órgano máximo jerárquico de La Corporación Universitaria Antonio José de Sucre - UAJS y estará integrada por los miembros fundadores que conserven tal calidad y cuatro (4) miembros principales. Los miembros de la Asamblea podrán ser personas naturales o jurídicas, que serán elegidas y removidas por cooptación.
Los miembros de la Asamblea General que sean persona jurídica se harán representar por sus delegados y los que sean personas naturales actuarán por sí mismos.
La Asamblea General se reunirá ordinariamente en los tres primeros meses de cada año virtual o presencialmente en el lugar escogido, en fecha y hora fijada por su Presidente. Extraordinariamente, cuando sea convocada por el Presidente a solicitud de la mayoría de sus miembros, por solicitud del Rector o por solicitud del Revisor Fiscal.
Funciones de la Asamblea General:
- Cumplir y hacer cumplir estrictamente los estatutos generales, así como interpretarlos y reformarlos.
- Elegir cinco (5) miembros del Consejo Superior.
- Elegir sus propios dignatarios: Presidente, Vicepresidente y Secretario.
- Elegir el Rector y a su suplente y fijarle su asignación salarial.
- Elegir al Representante Legal y Suplente, y su respectiva asignación salarial.
- Aprobar la reforma a los estatutos de La Corporación.
- Velar porque La Corporación permanezca dentro de los principios filosóficos que inspiraron su creación y trazar la política general de la misma.
- Vigilar porque los recursos de la Institución sean empleados correctamente.
- Decidir sobre la adquisición, enajenación o venta de bienes muebles e inmuebles de La Corporación, al igual que aceptar o rechazar auxilios, herencias, donaciones, legados, entre otros.
- Aprobar la disolución de La Corporación en caso que sea necesario, conforme a los presentes estatutos y a la reglamentación correspondiente.
- Velar porque la marcha de la Institución esté acorde con las disposiciones legales y con sus propios estatutos.
- Aceptar los miembros adherentes y los miembros benefactores.
- Aprobar el presupuesto anual, los balances generales y los informes sobre el estado económico y financiero de La Corporación.
- Autorizar al Rector para celebrar todos los convenios con gobiernos o entidades nacionales y extranjeras, de orden académico por su trascendencia e importancia.
- Autorizar al Representante Legal para firmar contratos y convenios académicos y administrativos hasta doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV).
- Aprobar el uso de los excedentes financieros.
- Las demás propias de su naturaleza.
La Asamblea General está conformada por:
El Consejo Superior está integrado por cinco (5) miembros elegidos por la Asamblea General, un representante de los docentes y uno de los estudiantes.
Las decisiones del Consejo Superior se comunicarán por medio de una nota escrita firmada por el Secretario del Consejo o por acuerdos o resoluciones firmados por el Presidente y el Secretario, cuando así lo determine
El Consejo Superior se reunirá ordinariamente cada dos meses en la fecha y hora que su Presidente lo disponga y extraordinariamente a solicitud del Rector, el Presidente del Consejo Superior o por decisión de la mitad más uno de sus integrantes.
Funciones del Consejo Superior:
- Dirigir La Corporación de acuerdo con los lineamientos fijados por la Asamblea General.
- Dictar su propio reglamento.
- Reglamentar los estatutos de La Corporación y expedir todos los reglamentos internos necesarios para el buen funcionamiento de La Corporación.
- Aprobar el proyecto educativo y el plan de desarrollo institucional.
- Crear, fusionar y suprimir todos los cargos docentes y administrativos reglamentados, determinando sus funciones y asignaciones.
- Dirigir la política académica y administrativa de La Corporación y establecer las normas que aseguren su buen manejo.
- Fijar las políticas institucionales, expedir el régimen docente y el régimen estudiantil; y expedir los reglamentos requeridos para el óptimo desempeño de sus funciones misionales.
- Establecer la organización administrativa y académica de La Corporación y para tal efecto crear, suprimir o modificar dependencias y cargos mediante los procedimientos fijados en los presentes estatutos o en los reglamentos.
- Crear, aprobar, suspender o modificar los planes de enseñanza, los programas académicos y los planes de capacitación, investigación, cooperación internacional, extensión y asesoría conforme a las normas legales vigentes ordenando lo pertinente para su desarrollo.
- Presentar a la Asamblea General el proyecto de reforma estatutos para su aprobación.
- Considerar y aprobar el valor de los derechos pecuniarios establecidos en la ley 30 de 1992 y demás derechos que sean necesarios para el funcionamiento de la institución.
- Actuar como tribunal de última instancia.
- Ejercer las funciones que no estén expresamente determinadas por la Asamblea General u otro organismo.
- Dar cumplimiento a los mandatos de la Asamblea General.
- Evaluar posibles causas para la disolución de La Corporación y emitir conceptos a la Asamblea General.
- Presentar el presupuesto de rentas y gastos verificando que se ajusten a la ley y a los estatutos para someterlos a la aprobación de la Asamblea General.
- Las demás que le fije la Asamblea General.
El Consejo Superior está conformado por:
El Consejo Académico es un organismo de asesoría en los asuntos educativos, científicos y culturales y está compuesto por:
- El Rector, quien lo preside
- Los Vicerrectores
- El Director de Planeación
- El Secretario General y Jurídico
- Los Decanos
- Un representante de los profesores
- Un representante de los estudiantes
- Un representante de los egresados
El Consejo Académico se reunirá cuando sea convocado por el Rector a través de la Secretaria General y Jurídica.
Funciones del Consejo Académico:
- Presentar al Consejo Superior, para su estudio y aprobación, las orientaciones de La Corporación en el aspecto académico.
- Estudiar y proponer la política académica de La Corporación, la creación, modificación o supresión de programas académicos.
- Imponer sanciones disciplinarias y conocer de las apelaciones cuya aplicación le esté reservada por los reglamentos.
- Decidir sobre los asuntos de orden académico que estatutariamente no sean de la competencia de otros órganos o funcionarios.
- Las demás que les señalen los reglamentos o el Consejo Superior.
El Consejo Académico está conformado por:
El Consejo Administrativo está compuesto por:
- El Rector, quien lo preside
- Los Vicerrectores
- El Director de Planeación
- El Secretario General y Jurídico
- Un representante de los profesores
- Un representante de los estudiantes
El Consejo Administrativo se reunirá cuando así lo considere el Rector a través de la Secretaria General y Jurídica
Funciones del Consejo Administrativo:
- Asesorar al Rector en todo lo relacionado con aspectos administrativos de La Corporación.
- Coordinar las acciones y recursos necesarios para ejecutar en forma eficiente las determinaciones y políticas de la Asamblea General y el Consejo Superior.
- Coordinar las acciones para aquellos proyectos que requieren el concurso de todas las dependencias de la Institución.
- Proponer, por conducto del Rector, al Consejo Superior proyectos y programas a desarrollar en los campos administrativo y financiero.
- Las demás que le sean asignadas por el Rector
El Consejo Administrativo está conformado por:
miembros del consejo.: